miércoles, 10 de diciembre de 2008

Derechos humanos






Esta es mi sencilla aportación a esta conmemoración.

Declaracion universal de derechos humanos
Necesario el artículo 30 y último, compendio de los anteriores...

 Artículo 30


 Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.




¡¡ Oh si éste se cumpliese !! ...y vivieron felices y comieron perdices...

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